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05/04/2017

Espacios, cultura y bienestar

Por video chat se puede conocer más sobre el acoso laboral


La presencia del Comité de Convivencia en la Universidad se da por la Ley 1010 de 2006, que demanda su existencia en todas las empresas y entidades. La imagen corresponde a un video chat realizado en 2016.​

• Este viernes 7 de abril, a las 3:00 p.m., el Comité de Convivencia Laboral de la Universidad hará un video chat para abordar el tema del acoso laboral. Todos los empleados pueden participar con preguntas.

• La idea es que los empleados conozcan cuáles son los casos en los que se presenta este asunto y qué papel juega este comité en la Institución. Los interesados se pueden conectar a través de Envivo.


Este viernes 7 de abril, a las 3:00 p.m., los empleados podrán acceder al canal Envivo, a través de http://envivo.eafit.edu.co/EnvivoEafit/​, para conocer más de cerca el tema de acoso laboral.

Este espacio, que lo brinda el Comité de Convivencia Laboral de la Universidad, tiene como finalidad que los empleados conozcan qué es acoso laboral y, a su vez, cuáles son los mecanismos para buscar el apoyo de este grupo de eafitenses cuando sea el caso.

Según Juan Carlos Álvarez Álvarez, profesor del Departamento de Derecho de EAFIT e integrante del Comité de Convivencia, lo que se quiere es dar a conocer las conductas que afectan el normal desenvolvimiento de la convivencia en la Universidad. 

“Una de las principales funciones del comité es la de realizar actividades para promover una conducta de convivencia adecuada, pero, además, este organismo se encarga de escuchar la voz de los empleados, y apoyar y orientar sus inquietudes, sugerencias, reclamos y comentarios acerca del ambiente de trabajo”, dice.

Mery Patricia Tamayo Plata, profesora del Departamento de Economía y Finanzas, y otra de las integrantes del comité, explica que la idea del video chat es que los empleados conozcan la existencia de este organismo y la labor que realiza. 

Por esto, lo que se hará, en un primer lugar, es presentar a sus integrantes, para luego ampliar sobre el tema del acoso y mencionar cuáles conductas se pueden clasificar en este concepto y cuáles no.

El Comité de Convivencia

Este se creó de acuerdo con la Resolución 652 de 2012 del Ministerio del Trabajo, en la que se establece la conformación y el funcionamiento del comité en entidades públicas y empresas privadas. 

Está integrado por ocho empleados (cuatro elegidos por votación y cuatro designados por la Institución), quienes asumen su labor por un periodo de dos años, momento en el que se emprende un nuevo proceso electoral. ​
Última modificación realizada el 05/04/2017 12:43 por Bibiana Andrea Mona Giraldo