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02/08/2017

​Actualidad eafitense

Así se protege la propiedad intelectual de la Universidad


El equipo de la Secretaría General, en conjunto con la Dirección de Investigación e Innovación EAFIT, adelantan socializaciones con los empleados sobre el tema. 

• Los casos en los que la titularidad de las creaciones se reconocen a la Institución o a los autores o inventores, el acompañamiento de los investigadores en la protección y comercialización de estas y los incentivos para cada parte son algunos de los aspectos más relevantes del ajuste al documento institucional. 

• Además, la creación de la Comisión para la Negociación de Propiedad Intelectual (Conpi) permitirá concretar los proyectos con terceros y analizar de mejor manera aquellos que son susceptibles de ser patentados. 


Proteger las creaciones que se gestan en la Universidad; definir roles; y reconocer al estamento que asesora y apoya a los docentes, investigadores y estudiantes que participan de las actividades investigativas son solo algunas de las ventajas de la nueva versión del Reglamento de Propiedad Intelectual que tuvo hace unos días algunos ajustes que complementan y mejoran las condiciones para comercializar y poner en el medio el conocimiento que generan los eafitenses.

De acuerdo con Adriana García Grasso, directora de Innovación EAFIT, el anterior reglamento fue una base muy importante que, por años, protegió este tema y al que ahora, gracias a los avances y la experiencia que se ha adquirido, requirió de ajustes y complementos específicos. 

Por esto, el nuevo documento, que conserva su estructura pero simplifica la lectura, trae a consideración definiciones propias de estas actividades que, por estos días, son socializadas por integrantes de la Secretaría General e Innovación EAFIT. 

“Uno de los cambios más relevantes tiene que ver con el tema de la titularidad que define en qué casos las creaciones intelectuales son de la Universidad cuando esta dispone recursos significativos para el desarrollo del proyecto, cuándo se contratan personas de manera específica para dedicarse en ese trabajo por cuenta y riesgo de la Universidad o cuándo la labor está relacionada de manera estrecha con el quehacer del empleado”, explica José Santiago Rendón Vera, abogado de la Secretaría General. 

Así mismo, explica Félix Londoño González, director de Investigación, que es necesario tener en cuenta que la propiedad intelectual se organiza bajo tres esquemas. Uno de estos es el de derechos de autor, que es lo relacionado con libros, artículos o software; propiedad industrial que está asociado a patentes de invención, utilidad o secretos industriales; y, por último, el de biotecnología que tiene que ver con el aprovechamiento de seres vivos para la generación de productos. 

En ese sentido, agrega Santiago, otra de las novedades es que los autores o inventores ahora deben acompañar el proceso de protección y comercialización de la creación, pues son ellos quienes conocen de cerca el proceso y pueden resolver requerimientos e inquietudes. 

Al igual que en la versión anterior, y como se usa en la gran mayoría de los reglamentos en el mundo, se conservan los porcentajes de incentivos para los autores de acuerdo con los excedentes netos que reciba la Universidad por la comercialización de las invenciones. 

Las negociaciones a través de Conpi

Y es que, si bien existía el Comité de Propiedad Intelectual que se encarga de hacer balances y revisar los aspectos vitales del reglamento, en esta nueva etapa se creó la Comisión para la Negociación de Propiedad Intelectual (Conpi) que ahora tiene como responsabilidad, entre otras, negociar los aspectos de propiedad intelectual de los proyectos cuando se hacen con terceros. 

“Además, estará encargada de definir las fechas de publicación de los productos o tecnologías que puedan ser protegidos con el fin de revisar si son susceptibles de protegerse a través de patentes u otro mecanismo de propiedad industrial, pues en algunas ocasiones, y ante la ausencia de un mecanismo concreto, se perdían oportunidades valiosas en este sentido”, apunta Santiago. 

De esta manera cuando un estudiante o un docente suscribe un contrato con la Universidad se sujeta a los reglamentos que esta tiene, lo que permite que la relación sea siempre clara y transparente, y que en este caso las actividades de investigación sigan siendo prósperas y positivas para el aporte que estas entregan a la sociedad. 

“Es muy importante desde el punto de vista de quienes lideran el proceso de generación de nuevo conocimiento y reviste especial importancia por la participación que pueden tener estudiantes de pregrado y posgrado porque ellos tienen un gran potencial”, concluye Félix. 


Las socializaciones continúan 

Decanos y otros directivos:
• Martes 15 de agosto a las 2:00 p.m. Bloque 19 aula 806. 

Equipos de las direcciones de Investigación e Innovación:
• Martes 22 de agosto a las 2:00 p.m. Auditorio 101 del bloque 27. 

Coordinadores de posgrados:
• Viernes 25 de agosto a las 9:00 a.m. Auditorio 501 del bloque 19.



Última modificación realizada el 02/08/2017 15:38 por Luis Alejandro Cardenas Franco