• La Universidad estableció las directrices institucionales que se orientan a mantener un ambiente de trabajo seguro y sano. Estas buscan que la salud ocupacional pase de ser un programa a un sistema de gestión. Ver documento.
• Entre algunas premisas del documento, que está alineado el Plan Estratégico de Desarrollo 2012-2018, se encuentra la participación activa de los integrantes de la comunidad universitaria en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
EAFIT es una universidad dinámica, que crece constantemente, con una mirada internacional, una institución que cada vez adhiere más personas para cumplir con los propósitos, donde los oficios, tareas y proyectos se multiplican día a día. Y, por esa misma razón, existen algunos riesgos que pueden afectar la salud y la seguridad.
Por esto, la Secretaría General y la Dirección de Desarrollo Humano-Bienestar Universitario adoptaron directrices institucionales relacionadas con la salud y seguridad en el trabajo, que suponen la participación activa de todos los integrantes de la comunidad universitaria en la prevención de accidentes de trabajo y enfermedades laborales.
“Al adoptar estas directrices, en EAFIT la salud ocupacional pasa de ser un programa a ser un sistema de gestión. Esto es un paso importante porque no es solo el desarrollo de unas actividades, sino todo un sistema en la Universidad”, explica Clara Helena Jaramillo Londoño, jefa del Departamento de Servicio Médico y Salud Ocupacional.
De esta manera, lo que se busca es que la salud ocupacional deje de ser una responsabilidad exclusiva de un área de la Universidad y se convierta en una responsabilidad de todos los empleados eafitenses, que estarán guiados y asesorados por este departamento, que se ocupa de este tema en la Institución.
“El fin es que todos asumamos nuestra responsabilidad en salud y seguridad en el trabajo, pues la salud ocupacional debe ser un eje transversal en la Universidad”, agrega Clara.
Un documento para el conocimiento de todos
Estas pautas están consignadas en el documento Directrices institucionales relacionadas con la seguridad y la salud en el trabajo, texto que fue creado para el conocimiento de todos los empleados docentes y administrativos.
“Lo que se hace en este documento es unificar ciertos parámetros que, desde el área de salud ocupacional, venían exigiendo diferentes dependencias pero que no estaban consignadas en un órgano global de la Universidad que indicara las pautas mínimas a seguir para conservar la salud y la vida de todas las personas en el campus universitario”, explica Alexandra Ocampo Peláez, asesora jurídica de la Secretaria General.
En este sentido, la jefa del Departamento de Servicio Médico y Salud Ocupacional señala que desde la Dirección Desarrollo Humano-Bienestar Universitario ya se usa más el término de mutuocuidado, en vez de autocuidado, pues es una forma de reconocer que se debe procurar la seguridad y la salud propia y del colectivo.
De hecho, la implementación de este sistema ya se ha compartido, desde hace algún tiempo, con directivos, decanos, jefes de departamento y coordinadores de áreas, quienes han asistido a charlas sobre el tema. Para agosto de 2013 se invitará a quienes tienen cargos de asistentes o analistas para que conozcan estas directrices y las puedan aplicar en sus lugares de trabajo.
También se han adelantado conversaciones con el Departamento de Desarrollo de Empleados para que incluyan dentro de los perfiles del cargo algunas responsabilidades y funciones en el tema de salud ocupacional.
“Este es un proyecto a mediano y largo plazo, porque implica influir en la cultura de las personas. Hasta ahora es más característico en EAFIT que la salud y la seguridad sea una responsabilidad de un área, pero, en realidad, la idea es que toda la comunidad se involucre”, anota Clara Helena.
Lo que se busca con estas directrices está alineado con los diferentes ejes del Plan Estratégico de Desarrollo 2012-2018, pues es indispensable contar con un ambiente laboral seguro y sano, para el bienestar de toda la comunidad académica y, por ende, para el buen cumplimiento de sus labores.
La asesora jurídica aclara que la importancia de estas directrices también parte de la Constitución Política de Colombia, donde se establece que “toda persona tiene el deber de procurar el cuidado integral de su salud y la de su comunidad”, lo que evidencia la responsabilidad de todos los empleados de ser partícipes de este proceso.
El documento, al que se hace referencia, establece, entre otras, las siguientes directrices:
• La gestión de la prevención de los riesgos ocupacionales es responsabilidad de todos los integrantes de la comunidad universitaria, por lo tanto cada uno de ellos deberá incorporar la prevención como pilar fundamental en el desarrollo de sus actividades administrativas, de docencia, de investigación y de proyección social.
• La responsabilidad en el cuidado de la salud y la seguridad de las personas deberá estar presente en el desarrollo de todas las actividades laborales, independiente del lugar en el que se realicen.
• Todos los empleados administrativos y profesores de la Universidad deberán informar a su jefe y al área de Salud Ocupacional, acerca de cualquier situación que genere un riesgo para la seguridad o salud de la comunidad universitaria.
• Todos los accidentes e incidentes de trabajo deberán ser reportados por los empleados docentes y administrativos, a la mayor brevedad, su jefe inmediato y el Área de Salud Ocupacional.
• El mejoramiento de las condiciones de trabajo y salud en la Universidad también involucra a proveedores, contratistas y subcontratistas de la Institución, así como a trabajadores independientes.
• Los líderes de procesos o dependencias, proyectos e investigaciones de la Institución son los responsables de identificar las condiciones que puedan representar un riesgo para las personas que intervienen en la ejecución de los mismos. Para ello podrán solicitar el apoyo correspondiente al área de Salud Ocupacional.
• Todo el cuerpo profesoral deberá identificar los riesgos asociados al desarrollo de las prácticas que tiene a su cargo e implementar controles dirigidos a minimizar o eliminar estos riesgos. De igual forma, deben informar a los estudiantes acerca de estos y exigirles el uso de los elementos o equipos de protección personal que se hayan considerado como necesarios.
• El área de Salud Ocupacional brindará asesoría en lo correspondiente a la salud y seguridad en el trabajo a cada una de las dependencias de la Institución, y sus indicaciones deberán ser acatadas por todos los integrantes de la comunidad universitaria, contratistas, subcontratistas, proveedores y sus trabajadores, al igual que por los trabajadores independientes y visitantes del campus.
• El manual de normas en salud ocupacional de la Universidad deberá divulgarse a todos los trabajadores independientes, contratistas y proveedores de la Institución –desde la etapa previa a la celebración del contrato, acuerdo o expedición de la orden de servicio o de compra-. Esta tarea corresponde a los responsables de los contratos y al área de compras, quienes a su vez deben vigilar el cumplimiento de dichas disposiciones.
• Todos los contratistas, subcontratistas, proveedores y sus trabajadores, así como los trabajadores independientes que ingresen a la Institución a realizar trabajos operativos o manuales, que impliquen el uso de materiales, herramientas o maquinarias, deberán presentar la última planilla de pago a la ARL a la que se esté afiliado.
• Los equipos, elementos de protección personal y recomendaciones relacionados con la seguridad y salud en el trabajo deberán ser asumidas con cargo al centro de costos de la dependencia que los requiera.
• La asistencia a las actividades de seguridad y salud en el trabajo programadas por la Universidad son de carácter obligatorio para los empleados, trabajadores en misión, aprendices y trabajadores independientes. |