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​Actualidad eafitense

Los Estatutos Generales de EAFIT, ratificados por el Ministerio de Educación Nacional​

​La Universidad realizó algunas modificaciones a este documento que orientan su quehacer.

• Esta decisión quedó consignada en la Resolución número 16850 del 21 de diciembre de 2012 por parte de esta cartera.

• Los cambios en este documento institucional fueron aprobados por el Consejo Superior en octubre del año pasado. Algunas de estas modificaciones fueron de forma y otras de fondo.

 Las instituciones, como las personas, cambian. Y, EAFIT, consecuente con esa ley natural, realizó, en 2012, una reforma a sus Estatutos Generales que fue ratificada por el Ministerio de Educación Nacional (MEN), según Resolución número 16850 del 21 de diciembre del mismo año.

Los cambios a este documento de la Institución fueron aprobados, en primera instancia, por el Consejo Superior en octubre del año pasado y, luego, fueron enviados al MEN con el fin de solicitar esta ratificación, un proceso que es necesario hacer siempre que se modifiquen estos lineamientos, sea de modo sustancial o de forma.

“Algunas de las reformas tienen que ver con la redacción del texto, otras fueron artículos que se dividieron en varios para explicar con más detalles lo que allí se expone. También se organizaron algunos aspectos relacionados con el funcionamiento del Consejo Superior, entre otros”, cuenta Alberto Jaramillo Jaramillo, director de Planeación. 

Según el texto de la Resolución que concede la ratificación, después del análisis de los documentos enviados por la Institución “se determinó que la reforma, consistente en la modificación integral del articulado de los estatutos vigentes, cumple con los requisitos legales y estatutarios previstos para tal finalidad y, por lo tanto, es procedente ratificar la reforma estatutaria”. 

Algunas de las novedades

Entre las decisiones adoptadas por el Consejo Superior y que dieron pie a las modificaciones están las relacionadas con la estructura de administración de la Universidad. Allí se cambian, de forma parcial, asuntos como las funciones y el régimen de nombramiento, integración y funcionamiento del Consejo Superior, del Consejo Directivo, del Consejo Académico y de los consejos de escuela. 
 
Otros ajustes se hicieron a los objetivos institucionales y a los principios, visión y misión que orientan la Universidad; al periodo y funciones del Rector, así como al alcance de sus facultades para delegar; a las calidades y campo de actuación del Secretario General y de los decanos. También se puntualizó en lo referente al proceso de designación y periodo del revisor fiscal.
 
De igual modo, se precisó acerca del régimen de incompatibilidades de los integrantes de los órganos de dirección y administración, al igual que el de administración del patrimonio.
 
Además, entre otros asuntos, se incluyó información sobre el logo institucional en este documento.
“La mayoría de las novedades están relacionadas con darle un sentido de consecuencia entre los Estatutos Generales y la Declaración de Principios de Gobernabilidad y Administración”, aduce Alberto.
 
De esta manera, EAFIT será guiada por lo consignado en estos preceptos que legitiman, de forma general, el quehacer de la Universidad.
Luis Alejandro Cardenas Franco
Última modificación realizada el 23/04/2013 17:13 por Monitoras Web EAFIT