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​Procesos y procedimietos

​Los cambios que trae la Reforma Tributaria

​Es importante entender cómo se aplican estas modificaciones, no solo para la Universidad, sino en asuntos personales.

• La Ley 1706 de 2012, la de Reforma Tributaria, entró en vigencia al iniciar 2013. A esta norma deben acogerse tanto personas naturales como jurídicas.

• Algunos de los cambios impactan los procedimientos de la Universidad y el manejo financiero de los empleados y los proveedores. Aquí algunos de los más importantes.

Un empleado de EAFIT, al iniciar el año, programa un viaje que se relaciona con su ejercicio laboral. Pero se da cuenta de que las cotizaciones que le llegan a su correo, por concepto de hospedaje, están por un valor mayor que el presupuestado. ¿Por qué? La respuesta está en que el impuesto del IVA se incrementó con los cambios definidos en la Reforma Tributaria (Ley 1706 de 2012).

Lo mismo sucede con otros productos y servicios que, con esta nueva disposición, aumentaron a un 16 por ciento o disminuyeron al 5 por ciento, los dos porcentajes que ahora tiene este impuesto (IVA), un asunto que, según Luz Viviana Escudero Monsalve, jefa del Departamento de Contabilidad, revisa la Institución.

“Si bien la Universidad está exenta de pagar IVA por ser una organización sin ánimo de lucro, sí asume gastos por la compra de productos y servicios en los que se grava este impuesto”, comenta Viviana.

Otros cambios que trae esta reforma y que se relacionan con la Universidad tienen que ver con el procedimiento para establecer la residencia en Colombia, lo que permite definir la retención en la fuente que se aplica a las personas no residentes, y que ahora se medirá, no por meses, sino por días calendario (183) de permanencia en el país (continua o discontinua) en el curso de los 365 que tiene un año.

Además, se implementaría el cambio de RUT para las personas naturales, quienes, después de que el Gobierno Nacional reglamente el tema, tendrían como identidad en materia fiscal un Número de Identificación de Seguridad Social (Niss), que estará conformado por los dígitos de la cédula de ciudadanía (o el que haga sus veces) y un código alfanumérico asignado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

“Todos los que cuentan con RUT van a tener el nuevo número de identificación que servirá para trámites fiscales y de salud. Estamos a la espera de la reglamentación en este sentido para comenzarlo a solicitar”, señala Carlos Alberto Yepes Quiroz, analista contable de este Departamento.

De igual forma, tanto para personas naturales como jurídicas se aplicaron otras tarifas para el pago de impuestos por concepto de ganancias ocasionales como son la venta de un bien, rifas, loterías, apuestas, entre otros. (Ver documento de la Reforma Tributaria). 

 

Cambios para los empleados

Para los colaboradores eafitenses y, en general, para toda persona vinculada a una organización, las modificaciones no son muy significativas. Y, como lo dice la jefa del Departamento de Contabilidad, una de las premisas con la que se dio la Reforma Tributaria es el tema de equidad.
 
En este sentido, los cambios se reflejan en la aplicación de la retención en la fuente que, en adelante, se calculará de forma diferente. Así lo manifiesta el analista: “Se modificó el procedimiento y las bases para la determinación de este impuesto”.
 
También se estableció un límite para el ahorro voluntario y para el Ahorro para el Fomento de la Construcción (AFC) que hacen los empleados y que disminuye el pago de la retención en la fuente. Esta reserva seguirá siendo del 30 por ciento del salario, pero se definió, para este año, que el valor no deberá exceder el tope de 101.996.000 pesos anuales.
 
Además, estos dineros deberán permanecer 10 años en estas cuentas AFC para poder ser retirados con este beneficio tributario, y de menos de 10 si se retiran para compra de vivienda.

Con los proveedores

A los proveedores de la Institución se les aplicará una retención por la prestación de sus servicios de acuerdo con los porcentajes que se conocían en el pasado, es decir se descontarán, según el caso, rubros del 4 y 6 por ciento para servicios en general, y del 10 y 11 por ciento para servicios profesionales.
 
De otro lado, la nueva reforma clasifica a las personas naturales en empleados y trabajadores por cuenta propia, incluyendo en la primera a quienes sostienen una relación laboral y a las personas que prestan servicios personales, mediante el ejercicio de su profesión, y que antes se conocían como trabajadores independientes.
 
Como estos, otros cambios de procedimiento, tarifas y condiciones fueron realizados en el tema tributario. Para mayor información puede descargar el documento de la reforma aquí.
 
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Última modificación realizada el 23/04/2013 16:42 por Monitoras Web EAFIT